Vulneración de derechos
Señor Director: En estas páginas se informó de una denuncia de vulneración de derechos fundamentales por parte de la Dirección del Trabajo por la implementación de sistemas de detección de fatiga al considerar que consisten en una supervigilancia constante, invasiva e ilegal. Sin ánimo de desconocer el conflicto entre privacidad y la seguridad, sugerimos revisar el criterio de la DT en la materia. El 2021 la DT emitió el Ord.
005 donde se refiere a este tema reconociendo la necesidad de contrastar la medida con los derechos de privacidad e intimidad, sin embargo, la DT no realiza dicho contraste. La opinión no hace ningún análisis de los beneficios preventivos de los sistemas de seguimiento y vigilancia, para solo describir las consecuencias de la afectación a la privacidad e intimidad. En 2024 y el 2025 reiteraron el criterio en ordinarios breves que reiteran la conclusión.
Quedan sin responder preguntas evidentes: ¿cuándo justifica una medida de vigilancia invasiva? ¿Cómo se puede realizar dicha vigilancia de forma proporcionada? ¿Qué requisitos hay para procesar la información sensible obtenida?
y otras más Con el aumento de tecnologías en materia de seguridad minera, construcción, manejo de equipos pesados y transporte, estas preguntas se harán cada vez más relevantes y no podemos descansar en el análisis imparcial de una autoridad laboral que omite las ventajas preventivas obvias.
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