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Semana Santa ante el Derecho: El incómodo juicio contra Jesús de Nazaret
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21:00 · Chile

Semana Santa ante el Derecho: El incómodo juicio contra Jesús de Nazaret

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Todos los años, con la llegada de Semana Santa, reaparece una escena que trasciende lo estrictamente religioso: un hombre es sometido a juicio y el Derecho parece incapaz de protegerlo. No se trata de un episodio de ficción ni de una simple alegoría teológica, sino, probablemente, del proceso judicial más comentado de la historia, nos referimos al juicio de Jesús de Nazaret. Visto desde el Derecho Romano, aquel juicio incomoda, y lo hace porque obliga a reconocer una verdad que sigue siendo un cuestionamiento actual en el sentido de que el Derecho no siempre fracasa por ignorancia, sino, muchas veces, por conveniencia.

Judea era una provincia sometida al Imperio y Roma lo gobernaba con pragmatismo, permitiendo a los pueblos conservar sus costumbres mientras no pusieran en riesgo el orden político interno. El Sanedrín (consejo supremo judío) podía juzgar cuestiones religiosas, pero no condenar a muerte, pues ese poder estaba reservado a Roma. Es allí donde aparece la figura de Poncio Pilato, prefecto romano, funcionario del orden y, finalmente, protagonista incómodo de esta historia.

Pilato no era un juez moderno ni un teórico del Derecho, no tenía la calidad de Jurista, toda vez que era, ante todo, un administrador del Imperio. Su misión no consistía en “hacer justicia”, sino en evitar disturbios, especialmente durante la Pascua, cuando Jerusalén multiplicaba su población y su tensión política. Desde esa perspectiva, el proceso contra Jesús no fue un error técnico, sino una decisión eminentemente política.

Los relatos coinciden en un punto fundamental el cual nos dice que Pilato no encontró culpa suficiente para condenar a Jesús y así lo manifestó de forma expresa. No existía prueba alguna de sedición, único delito verdaderamente relevante para Roma en ese juicio, no obstante, la condena se dictó de igual manera, no por convicción jurídica, sino por presión. Fue así como, historiográficamente, el Derecho Romano, tan orgulloso de su racionalidad y cientificidad, cedió y sucumbió ante el clamor del populus.

El jurista e historiador francés Jean Imbert sostenía que fue Pilato quien condenó jurídicamente a Jesús, aunque empujado por factores externos, especialmente sociales. Para el filólogo e historiador Ernest Renan, lo ocurrido fue una condena judía ratificada por la jurisdicción romana. Sin embargo, más allá de estas interpretaciones, el resultado es el mismo en todos los escenarios, traduciéndose en que nadie quiso asumir plenamente la responsabilidad y, aun así, la pena capital se ejecutó.

Desde una mirada jurídica, el expediente resulta inquietante toda vez que no hubo una acusación formal sólida, no se practicó prueba y no se observa un procedimiento regular, ni siquiera según los estándares flexibles del proceso penal romano provincial que ya se conocía para esa época, dado que Pilato actuó recurriendo, en los hechos, a una suerte de provocatio ad populum, esto es, delegando la decisión en el pueblo y “lavándose las manos” ante la sociedad. Con todo, algunos de los estudios más interesantes sobre esta materia han sido desarrollados por el profesor Massimo Miglietta, de la Universidad de Trento, en Italia. El autor advierte que el error más frecuente al analizar el juicio de Jesús consiste en medirlo exclusivamente con categorías jurídicas modernas o reducirlo a una mera suma de ilegalidades evidentes.

Su aporte resulta particularmente sugerente dado que el proceso fue jurídicamente singular, pero no caótico, desarrollado dentro de un marco excepcional propio del derecho penal provincial romano, sometido a intensas tensiones políticas y religiosas. Desde esta perspectiva, Pilato no actuó como un juez técnico en sentido estricto, sino como un magistrado romano cuyo objetivo principal era preservar el orden público en un momento crítico, circunstancia que condicionó decisivamente el desenlace. Así, el proceso no fracasó por ausencia de Derecho, sino porque el Derecho fue funcional a la estabilidad del poder, aun a costa de sacrificar la justicia del caso concreto, mostrando una de las facetas más inquietantes del orden jurídico romano frente a la disidencia.

A modo de conclusión, resulta pertinente seguir observando este juicio y proceso histórico, proponiendo un análisis jurídico e historiográfico de lo ocurrido, siempre con el debido respeto por las circunstancias y por el profundo dolor que aquellos hechos causaron.

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