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¿Por qué 15 latinoamericanos fueron deportados por EE.UU. a África?
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23:35 · Chile

¿Por qué 15 latinoamericanos fueron deportados por EE.UU. a África?

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Siete mujeres y ocho hombres. Siete de Perú, tres de Ecuador y posiblemente cinco de Colombia, según informaciones recogidas por la agencia Reuters. Con esos números podemos empezar a analizar la deportación a un tercer país de quince ciudadanos de Estados sudamericanos que, en un vuelo de la aerolínea Omni Air International, aterrizaron, en la madrugada del 17 de abril, en el aeropuerto internacional de la República Democrática del Congo (RDC).

¿Origen del vuelo? Luisiana, Estados Unidos. Según los reportes de prensa, todos ellos cuentan con órdenes de protección de la justicia estadounidense, y no pueden ser enviados a sus países de origen.

Como medida transitoria, las autoridades de la potencia norteamericana han alcanzado acuerdos con diversos Estados, casi todos ellos de África, además de El Salvador, para servir como terceros destinos en casos como estos. La República Democrática del Congo se sumó a la lista a comienzos de abril. "Estas expulsiones constituyen violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional de los refugiados.

Se enmarcan en acuerdos de readmisión o transferencia con terceros países, acuerdos opacos y a veces firmados en secreto que desconocen los mínimos estándares", explica a DW Cécile Blouin, investigadora del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Detenidos en un hotel Precisamente, el Gobierno de Perú fue el primero en reconocer que siete de sus nacionales se encontraban en territorio de la RDC, asegurando que todos ellos habrían adoptado por su propia voluntad esa alternativa, en el marco de un acuerdo que permite la custodia de este tipo de migrantes "hasta que la justicia estadounidense defina sus solicitudes de asilo o refugio", según el Ministerio de Exteriores peruano. Se trata, según esa cartera, de un "beneficio" que se otorga "a ciudadanos extranjeros que cuentan con protección legal otorgada por jueces de cortes de migración de los EE.

UU. ", y que "se suele utilizar cuando los solicitantes argumentan que su vida corre peligro" si regresan a sus países de origen. "El ejecutivo estadounidense tiene la facultad de deportar a personas del país bajo supuestos mínimos de debido proceso y sólo cuando no tengan estatus legal de permanencia o exista una orden firme de deportación”, explica a DW el abogado Moisés Montiel, profesor de derecho internacional en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) en Ciudad de México.

En estos casos, afirma, lo que se impone es el derecho doméstico de cada país y no el derecho internacional humanitario. De cualquier forma, añade, "la norma que sí aplica sin duda alguna a personas en necesidad de protección internacional es la prohibición de devolución al país que le persigue o donde su vida, integridad y derechos estén creíblemente amenazados”, que sería el caso. Sin embargo, apunta Montiel, "no deberíamos perder de vista que la República Democrática del Congo es un país que experimenta actualmente un cruento conflicto armado interno”, e incluso aunque ese país acepte a las personas, es obligación de Estados Unidos "garantizar que el tercer país sea seguro".

"Mi clienta no está, en absoluto, en un lugar seguro", responde a DW la abogada Alma David, representante legal de una de las personas colombianas enviadas a la RDC. "Y eso es intencional: es precisamente por eso que el Gobierno de Estados Unidos la ha puesto en esta situación. Es una forma de obligarla a abandonar su búsqueda de seguridad y de protección.

Ahora se encuentra detenida de facto en un hotel, en un país donde no tiene ningún vínculo ni red de apoyo", agrega. "Las deportaciones a terceros países de la administración Trump violan tanto el derecho estadounidense como el derecho internacional", sentencia. Bajo "coacción" La agencia AP informó que la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) está prestando asistencia humanitaria a los deportados.

Asimismo, les habría ofrecido un retorno voluntario asistido a sus países de origen. Eso, para David, es coacción. "Mi clienta está siendo coaccionada para que regrese al país del que huyó y en el que un juez de inmigración estadounidense ya determinó que existe un riesgo superior al 50 por ciento de que sea torturada por el Gobierno o con su aquiescencia.

No hay garantía alguna sobre su seguridad ni su cuidado", apunta. La RDC ha dicho que la presencia de los deportados será temporal. Hasta este 20 de abril de 2026, todos se encuentran en un hotel cerca del aeropuerto de Kinshasa, bajo vigilancia de la policía congoleña.

"Nada de este arreglo responde al interés de la seguridad ni del bienestar de mi clienta ni de ninguna de las otras mujeres y hombres deportados a la RDC", apunta David, quien concede que "en general, es muy difícil regresar a Estados Unidos tras haber sido deportado, incluso cuando esa deportación se produjo en violación de la ley. Y suele requerir un litigio extenso y prolongado en tribunales federales".

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