PMGD: precisiones necesarias al debate sobre competencia y tarifas eléctricas
Señor Director: Las notas “El enjambre societario detrás de los PMGD que el informe de Quiroz omitió” y “Gobierno frena corrección al sistema eléctrico y empuja alza en cuentas de la luz”, publicadas el 23 de marzo de 2026 en El Mostrador, contienen interpretaciones que no reflejan adecuadamente los antecedentes técnicos ni el funcionamiento del segmento de Pequeños Medios de Generación (PMGD), que en la práctica han contribuido a ampliar la base de actores y la competencia en el sistema eléctrico. Respecto del reportaje sobre el supuesto “enjambre societario”, conviene precisar que esta caracterización simplifica el objetivo real del régimen PMGD. Este fue diseñado para fomentar proyectos de generación de pequeña escala —centrales de hasta 9 MW— y facilitar la entrada de nueva inversión al sistema eléctrico.
No busca regular la estructura societaria de los inversionistas, sino habilitar el desarrollo de estos proyectos. Por ello, caracterizar este segmento por el número de sociedades y no por los proyectos efectivamente desarrollados confunde el propósito de la normativa. En esa misma nota también se cita el estudio “Impactos económicos de modificaciones regulatorias a los PMGD”, de Quiroz & Asociados, encargado por GIE en 2024, atribuyéndole conclusiones que el propio documento no contiene.
El informe —que es público— no analiza estructuras societarias, sino riesgos económicos asociados a cambios regulatorios. Estos riesgos fueron parte del debate del proyecto de ley de subsidio eléctrico, donde el cargo FET no prosperó tras un rechazo transversal en ambas cámaras, por sus efectos sobre la inversión y la certeza jurídica. Por otra parte, en la nota que vincula a los PMGD con eventuales alzas en las cuentas de la luz, también es necesario hacer precisiones.
El precio estabilizado no constituye un subsidio, ya que no involucra recursos fiscales, sino que corresponde a un mecanismo tarifario del propio mercado eléctrico. Asimismo, el valor de 80 US$/MWh citado como referencia en la nota, se aleja significativamente de los valores hoy vigentes. El Precio Estabilizado por barra según el Decreto 20T, ajustado al valor del dólar de enero, varía entre 51 y 69 US$/MWh, cerca de un 25% inferior a la cifra señalada.
En esa misma discusión, cabe recordar que los propios organismos de competencia han analizado este mecanismo. En 2021, la Fiscalía Nacional Económica concluyó que no existían antecedentes para recomendar su eliminación por razones de competencia, mientras el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no estimó necesario proponer modificaciones normativas al respecto. Asimismo, cuando se señala que el retiro de los DS 88 y DS 125 habría frenado mejoras regulatorias, es importante aclarar que no existía el consenso sectorial que se ha sugerido, ya que desde 2024 distintos actores advertimos los efectos que podían generar algunas de estas medidas.
En el caso de GIE, lo hicimos mediante estudios técnicos y dos informes en derecho presentados ante la Contraloría General de la República. A ello se sumaron presentaciones de otras empresas y actores del sector —al menos cuatro ingresos formales a Contraloría en total—, lo que hace razonable revisar en detalle estas propuestas antes de su implementación. Finalmente, tampoco resulta correcto atribuir a este segmento el origen de eventuales alzas tarifarias.
Las variaciones de precios responden a múltiples factores del sistema eléctrico. Por el contrario, entre 2020 y 2025 los PMGD han generado más de US$1. 600 millones en beneficios sistémicos, incluyendo menores costos operacionales, reducción de pérdidas y beneficios ambientales.
El desarrollo del sector eléctrico requiere debates basados en evidencia. Intentar influir en decisiones regulatorias mediante interpretaciones parciales o conclusiones que no reflejan adecuadamente los antecedentes técnicos no contribuye a ese objetivo y es una práctica que no debiera formar parte del debate serio del sector. Mauricio Utreras – Director Ejecutivo GIE – Generadores Independientes de Energía A.
G. *Nota de la redacción: La carta de Mauricio Utreras sostiene que el artículo de El Mostrador contiene “interpretaciones que no reflejan adecuadamente los antecedentes técnicos ni el funcionamiento del segmento de Pequeños Medios de Generación (PMGD)”. Para ilustrarlo, señala que el informe encargado a Quiroz & Asociados “no analiza estructuras societarias, sino riesgos económicos asociados a cambios regulatorios”.
Sin embargo, eso es precisamente lo que sostiene el artículo: que no se analizan las estructuras societarias detrás de los PMGD. Esta omisión es relevante para la opinión pública, ya que detrás de cada “pequeño medio de generación” hay fondos globales, plataformas internacionales y vehículos financieros. En segundo lugar, en su intento por corregir el reportaje, sostiene que el precio estabilizado no constituye un subsidio.
No lo es, pero actúa como tal, por eso lo llamamos “subsidio implícito”. Despejar cualquier duda sobre ese efecto en el sistema eléctrico es un deber periodístico, para contribuir al debate serio del sector.
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