Plazos de flagrancia
Editorial 27-03-2026 Plazos de flagrancia Rechazando los cambios introducidos por la Cámara Baja, la Sala del Senado envió a Comisión Mixta el proyecto que modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de aumentar el plazo máximo para considerar una situación entre las hipótesis de flagrancia. La norma busca aumentar el plazo de flagrancia, de manera de fortalecer la persecución penal por parte de las policías. El texto propone aumentar el denominado “tiempo inmediato” o flagrancia.
Así, la norma define que se entenderá tal concepto como aquel que transcurra entre la comisión del hecho y la captura del imputado, siempre que no hubiesen transcurrido más de 24 horas, en caso de que la detención se practique por agentes policiales, o más de 12 horas, cuando fuese realizada por cualquier otra persona. Aplicaría por ejemplo cuando, en un tiempo inmediato a la perpetración de un delito, alguien fuese encontrado con objetos procedentes de aquél o con señales, en sí mismo o en sus vestidos, que permitiesen sospechar su participación en él. Esto, con las armas o instrumentos que hubiesen sido empleados para cometerlo.
Del mismo modo, cuando se trate de víctimas de un delito que reclamen auxilio o testigos presenciales que señalen como autor o cómplice de un delito a alguien (cometido en un tiempo inmediato).
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