Nuevo ciclo político y tensiones regulatorias en 2026
El 2026 será un año de ciertas tensiones en materia regulatoria, tanto a nivel político-económico, como a nivel judicial. Por tensiones regulatorias entiendo aquellas posiciones contrapuestas que responden a diversas visiones sobre el objeto o finalidad de las regulaciones. El cambio de gobierno no sólo es una transición política de un gobierno a otro, sino un giro que da cuenta de dos miradas de la política y la sociedad, que se ubican en los polos del eje político y la distancia entre ellos es la más larga que haya existido hasta ahora.
Esto tiene varias expresiones, desde las políticas a las morales, pero también en la forma en que se visualiza la relación entre persona y Estado y qué rol cumplen en ella los límites o restricciones a las actividades reguladas. El gobierno entrante es distinto a los anteriores. El actual Ministerio de Hacienda está enfocado en la necesidad de crecer económicamente, tomando cierta distancia -hasta ahora- de las políticas sociales.
Está situado en el marco de la ética de la convicción -fidelidad a los principios-, según las categorías de Max Weber. Esto marca un cambio en lo que venía ocurriendo desde 1990. Desde el retorno a la democracia los distintos gobiernos se situaron en dos ejes: crecimiento económico y políticas sociales redistributivas, con mayor o menor énfasis en cada uno.
Basta recordar las políticas sociales en los gobiernos del ex presidentes Lagos (GES), Bachelet (reforma educacional) y Piñera (PGU, el ingreso ético familiar, Covid-19). En cambio, el cuatrienio que se inicia parece tener una prioridad sólo en el primer eje. Al mismo tiempo, los tribunales siguen siendo un espacio al cual se trasladan ciertos debates de política pública.
Esto se da por dos razones principales. La primera, debido a que la judicialización de la política pública es consecuencia, eventualmente, de políticas incompletas que requieren de un examen final desde la perspectiva de los derechos fundamentales, donde la acción judicial opera como activador de un test de cumplimiento de tales derechos, asumiendo el juez(a) un rol de comparador entre la Constitución y la ley y la política pública. En segundo término, los tribunales muchas veces son un repositorio de diversos intereses e incentivos de diseño legislativo.
Por ejemplo, al fijar la ley y la autoridad un grupo o número de enfermedades o patologías objeto de financiamiento público en salud, la discusión consecuente es el por qué de la exclusión de otro grupo de ellas, asunto que muchas veces termina zanjándose en las cortes. Lo anterior impacta en algunos escenarios regulados. Esta columna es sólo un enunciado muy general de ellos.
La ejecución de la ley de permisos: permisología vs. desregulación. La nueva ley, que debe iniciar su ejecución en estos meses, tiene por finalidad acelerar los permisos sometidos a múltiples procedimientos internos, cooperando en la gestión para una mayor inversión.
La necesidad de activar los procedimientos de permisos será desarrollada por la priorización de proyectos de inversión, por medio de oficinas de permisos internas que existirán en cada servicio público y, especialmente, por las técnicas habilitantes alternativas. Esto último es el centro de la discusión. El entendimiento sobre el impacto de las técnicas habilitantes fija dos polos: la permisología o la desregulación.
Para los primeros, la técnica habilitante es un mecanismo acelerante pero sujeta al cumplimiento de la finalidad pública involucrada y la magnitud de los riesgos asociados, no exenta de la reclamación administrativa y judicial como de control y fiscalización. Para los segundos, la existencia de tales técnicas significa una desregulación que desata al privado del procedimiento y acto administrativo aprobatorio, requiriéndose establecer el mayor número de situaciones que se sujetarán a tales técnicas (entre más casos, menos intervención estatal). Es entre estos ejes donde se desarrollará la tensión en estos meses.
Entre la interpretación de permisología como mecanismo de habilitación versus su entendimiento como una reducción del impacto estatal en la iniciativa privada, ello, generando, eventualmente, un contrapunto entre técnica habilitante y reclamaciones judiciales. Tensión entre economía y medioambiente. El retiro de 43 decretos ambientales que, según el Presidente Kast es una cuestión justificada al no ser prioridad lo ambiental, da luces de esta tirantez.
El retiro de los decretos es una acción legítima dentro de la política de auditoría interna al gobierno saliente (que genera, asimismo, una tirantez con las atribuciones de la Contraloría General), pero toda acción genera una reacción y ésta es la rigidez que se produce ente economía y medioambiente. Ésta no es nueva, es estructural y se viene dando desde hace años. Se ha expresado en las disputas judiciales en torno a los proyectos de impacto ambiental (el caso más emblemático es Dominga), la pugna constitucional de 2022, donde el foco estuvo en la protección de la naturaleza y medio ambiente, y el proyecto de 2023 que tuvo un foco especial en lo medioambiental (no la naturaleza).
Esta tensión se da a dos bandas, entre los que estiman que el tema medioambiental debe ser tributario del crecimiento y los que consideran que debe existir equilibrio entre desarrollo económico y medio ambiente (estos, con diferentes ecualizaciones). Este último sector es el que venía desplegándose en los últimos años como eje prioritario, pero las señales van en el sentido de que el giro se producirá en favor del primer grupo, enjuiciando el camino recorrido. La creciente judicialización de las decisiones legislativas y de las propiamente judiciales.
Grandes empresas pesqueras han demandado al Estado de Chile (Fisco) por la dictación de la nueva ley de fraccionamiento. A juicio de los demandantes, se les ha afectado en su derecho de propiedad sobre las cuotas de pesca de las que eran propietarios bajo el amparo de la antigua ley. Reclaman una “expropiación encubierta”, asunto que ya había sido anunciado insistentemente en el debate legislativo, especialmente en el Senado.
Igualmente, en materia de salud, una Isapre demandó al fisco por los perjuicios en dinero ocasionados por un fallo de la Corte Suprema al tener que costear un medicamento de alto costo. Es decir, se discutirá en sede judicial la responsabilidad del Estado por sus sentencias judiciales. En ambos casos está en juego la responsabilidad del Estado por decisiones de los órganos del Estado dentro de sus propias competencias.
Lo que abren estas demandas es un escenario y camino de impugnación de las decisiones de los órganos del Estado, más allá del error judicial y la deliberación democrática. Las sentencias marcarán un antes y un después en esta materia de responsabilidad del Estado. Tensión judicial en materia de acceso a medicamentos de alto costo y políticas públicas en salud.
Es evidente la complicada situación del Fisco en materia de financiamiento de enfermedades de alto costo. Por ejemplo, la Ley Ricarte Soto agotó su fondo de financiamiento. Tal cuestión ha generado una situación de conflicto entre personas enfermas (y laboratorios) y la autoridad sanitaria, en la cual los primeros, recurren a las Cortes para acceder al pago de sus medicamentos.
Se ha pasado desde una doctrina tuteladora de los derechos a todo evento a una jurisprudencia marcada por la deferencia a las políticas legislativa y de la autoridad que, bajo criterios técnicos, económicos y éticos, acceden a la demanda de medicamentos de acuerdo a las leyes que las rigen. Desde fines de 2025 la doctrina de la deferencia se ha impuesto, pero, con base a que las sentencias sólo producen efectos para los casos concretos que se reclaman, el acceso a medicamentos de alto costo es un espacio abierto que hay que seguir observando en los próximos meses. Así, estamos en presencia de un año que tendrá como derrotero dos macro tensiones.
La política-económica, donde el gobierno deberá lidiar con una tradición de equilibrio entre desarrollo y políticas de amparo a ciertos bienes sociales, y una arista judicial, marcada por la recurribilidad a los tribunales como medio o instrumento para revertir ciertas decisiones del legislador democrático. A todo esto, debemos sumar las nuevas directrices que fijará el nuevo Consejo de la CMF, la nueva presidencia del CDE o si el Congreso buscará o no revisar los contratos eléctricos. Será un intenso 2026.
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