Mauricio Redolés entre las víctimas: condenan a exmarinos por 13 secuestros con grave daño en dictadura
El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino Cancino, dictó una histórica sentencia que condena a cuatro exfuncionarios de la Armada por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño cometidos contra trece personas —entre ellas el reconocido músico y poeta Mauricio Redolés— durante los primeros meses de la dictadura cívico-militar, entre septiembre de 1973 y julio de 1974. En el fallo, el magistrado determinó penas de presidio efectivo para los cuatro imputados, todos en retiro de la institución naval. De este modo, Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Vicente Santibáñez Obreque recibieron 12 años de cárcel; Sergio Hevia Febres fue condenado a 10 años y un día; mientras que Erwin Hugo Andrés Conn Tesche deberá cumplir 5 años y un día.
Todos fueron hallados autores de los 13 delitos de secuestro con grave daño en perjuicio de las víctimas, que incluyen a estudiantes, trabajadores, dirigentes sociales, militantes comunistas y opositores al régimen de Augusto Pinochet, que fueron recluidos en el Cuartel Silva Palma, ubicado en el sector de Playa Ancha. En el ámbito de la reparación civil, el ministro rechazó las excepciones de prescripción presentadas por el Fisco y ordenó el pago de una indemnización total de 550 millones de pesos por concepto de daño moral, a seis víctimas recurrentes. Estructura represiva sistematizada El fallo da por acreditada la existencia de una organización militar clandestina y jerarquizada denominada Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior, conocida por sus siglas SICAJSI, que operó desde el mismo 11 de septiembre de 1973, cuando se produjo el golpe de Estado contra el presidente Salvador Allende, que dio inicio a la dictadura de Pinochet.
Según la sentencia, este organismo estaba integrado por agentes de diversas ramas de la defensa nacional, particularmente de la Armada, y su objetivo central fue la represión de personas opositoras. Para ello, realizaban detenciones ilegales, trasladaban a los prisioneros a centros como la ACANAV o el Cuartel Silva Palma, y allí los sometían a interrogatorios bajo tortura física y psicológica. A fines de 1974, esta estructura cambió su nombre a Centro de Inteligencia Regional de Valparaíso (CIRE-VAL), pero mantuvo sus mismos fines y métodos, utilizando los mismos recintos para la detención y el tormento de presos políticos.
El caso de Mauricio Redolés De acuerdo con los antecedentes, el músico y poeta Luis Mauricio Redolés Bustos, entonces estudiante de Derecho en la Universidad de Chile, sede Valparaíso, de 20 años y militante comunista, fue detenido el 10 de diciembre de 1973 en una pensión universitaria de la avenida Pedro Montt. El fallo describe que fue trasladado hasta la Academia de Guerra Naval, donde lo vendaron y mantuvieron encerrado sin orden judicial legitima. Los marinos lo interrogaron, amenazaron y torturaron mediante diversas técnicas, que incluyeron violentos golpes en el estómago.
Asimismo, lo obligaron a escuchar los gritos y lamentos de otros detenidos que estaban siendo torturados. Redolés fue trasladado entre el 12 y el 18 de diciembre al Buque Lebu y luego, entre el 19 y 30 de diciembre, permaneció en la Academia de Guerra y en el Cuartel Silva Palma, donde fue nuevamente interrogado y golpeado. Luego fue llevado a distinto centros de reclusión.
Desde el 30 de diciembre de 1973 al 2 de febrero de 1974, estuvo en el campo de prisioneros ‘Isla Riesco’, ubicado en Colliguay; entre el 2 de febrero y el 2 de marzo de 1974 permaneció internado en el Hospital Naval debido a una intervención por peritonitis; entre el 2 y el 9 de marzo de 1974 fue llevado de vuelta al Cuartel Silva Palma; entre el 9 el 16 de marzo de ese mismo año volvió al centro de detención ‘Isla Riesco’; y desde esa fecha y hasta el 10 de abril estuvo recluido nuevamente en el Cuartel Silva Palma. Entre el 10 de abril de 1974 y el 10 de junio de 1975, fue mantenido privado de libertad en la Cárcel Pública de Valparaíso. Según el fallo, el 7 de enero de 1975 Mauricio Redolés fue sometido a un Consejo de Guerra y finalmente fue trasladado a un Cuartel de la Policía de Investigaciones, ubicado en la ciudad de Santiago.
Fue condenado a una pena de extrañamiento de cinco años y un día con destino a Inglaterra, que se hizo efectiva en septiembre de 1975. “Consta además que la víctima fue puesta a disposición de la Fiscalía Naval por parte del SICAJSI-PRIZONA a principios de marzo de 1974, prestando declaración indagatoria ante dicha Fiscalía a comienzos de abril de 1974, esto es, transcurridos alrededor de cuatro meses desde su detención y vencido cualquier plazo legal de detención”, indicó el ministro Cancino en su resolución. El calvario de las víctimas El texto del fallo detalla con crudeza las vivencias de cada una de las otras doce personas que fueron detenidas y sometidas a torturas por parte de los marinos.
Por ejemplo, N. P. A.
F. , entonces un estudiante de 17 años simpatizante del Partido Comunista, fue detenido en su domicilio en octubre de 1975 por agentes de civil. En el cuartel, lo vendaron, lo interrogaron bajo golpes, simulacros de fusilamiento y corriente eléctrica en testículos y pies.
Permaneció tres semanas encerrado sin ser puesto ante juez alguno. “ N. P.
A. F. no fue puesto a disposición de la autoridad competente para la investigación de algún eventual ilícito, siendo liberado luego de tres semanas aproximadamente, esto es, vencido cualquier plazo legal de detención”, consignó el fallo.
Otra de las víctimas fue C. C. V.
M. , una adolescente de 16 años detenida en dos ocasiones: la primera el 17 de octubre de 1973 en su casa, y la segunda entre marzo y abril de 1974 mientras viajaba en un ascensor. Los agentes presionaron también a sus padres mediante allanamientos.
En el Cuartel Silva Palma, la torturaron con golpes, la desnudaron forzadamente y la usaron para intentar ubicar a su hermana, militante del MIR. “Consta que C. C:V.
M, no fue puesta a disposición de la autoridad competente para la investigación de algún eventual ilícito. Finalmente, atendida la persecución política de la que fue objeto, la víctima abandonó el país el día 29 de abril de 1974 rumbo a Estados Unidos”, señaló la resolución. Otros casos que se detallan en el extenso fallo es el de C.
J. R. S.
quien tenía 17 años cuando fue detenido en el Colegio Alemán de Quilpué, y posteriormente torturado con corriente eléctrica y vejámenes sexuales, y liberado recién a fines de noviembre de 1973. Por su parte, la dirigente comunista C. R.
R. G. , fue sometida a privación de sueño, corriente eléctrica y obligada a escuchar los lamentos de otros detenidos durante 17 días.
Mientras que J. D. P.
D. un adolescente de 15 años simpatizante del FER, fue detenido el 13 de septiembre de 1973, golpeado en la ex Intendencia, enviado a Pisagua, luego al buque Maipo, más tarde al Lebu, y finalmente encarcelado en la Cárcel Pública de Valparaíso pese a su edad, siendo liberado recién el 11 de abril de 1974 por inimputabilidad. El fallo también da cuenta de las graves consecuencias físicas y psicológicas que arrastran hasta hoy la mayoría de las víctimas, como trastornos del sueño, angustia, aislamiento, y en algunos casos, secuelas físicas permanentes.
La sentencia del ministro Cancino se suma así a una larga serie de condenas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura, y representa un reconocimiento tanto a víctimas, como Mauricio Redolés— y sus familiares —que durante décadas han buscado y exigido verdad y justicia por los tormentos perpetrados en su contra por funcionarios de la Armada al servicio del régimen de Pinochet.
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