Los argumentos del abogado del padre de Isidora para evitar la prisión preventiva
La defensa del imputado por la muerte de la niña de dos años que cayó desde un piso 11 en Las Condes sostuvo ante el tribunal que se trató de “un lamentable accidente” y descartó la existencia de dolo eventual. Durante la audiencia de formalización por la muerte de Isidora, la niña de dos años que cayó desde un piso 11 en Las Condes, el abogado defensor del padre de la menor argumentó ante el tribunal que el caso corresponde a “un lamentable accidente” y no a un delito con dolo eventual, como sostiene la Fiscalía. Cristián Santander afirmó que la jurisprudencia suele tratar este tipo de hechos como imprudencia temeraria y aseguró que el imputado no actuó con intención ni negligencia deliberada.
Además, relató que el hombre pasó el día junto a su hija, compartiendo distintas actividades antes de regresar al departamento, donde la niña quedó dormida mientras él descansaba en otra habitación. La defensa también sostuvo que la ausencia de mallas de protección no constituía una infracción legal, señalando que se trataba de “un riesgo permitido”. Finalmente, el abogado afirmó que el imputado quedó profundamente afectado por la tragedia y que no podría volver a vivir en el lugar donde ocurrió el accidente.
Jorge José Francisco Constanzo Chávez, padre de la niña de dos años que murió tras caer desde el piso 11 de un edificio en Las Condes, no quedó en prisión preventiva luego de su formalización por homicidio por omisión. El tribunal determinó que el imputado permanezca detenido en tránsito hasta que la Corte de Apelaciones revise la resolución, mientras se mantienen las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual. Durante la audiencia realizada en el Cuarto Juzgado de Garantía, la jueza Andrea Osorio consideró que el imputado “no configura un peligro para la sociedad”, rechazando así la solicitud presentada por la Fiscalía.
Además, se fijó un plazo de 120 días para el desarrollo de la investigación. Hasta ahora, gran parte de los antecedentes conocidos públicamente provenían de declaraciones entregadas por la madre de Isidora. Sin embargo, durante las últimas horas se conocieron detalles de la exposición realizada por la defensa de Jorge Constanzo durante la audiencia de formalización.
El abogado particular del imputado, Cristián Santander Garrido, sostuvo ante el tribunal que el delito atribuido por el Ministerio Público no estaría tipificado en el Código Penal bajo la figura planteada por la Fiscalía. “La mayoría de los casos relativos a accidentes de esta naturaleza, la jurisprudencia ha sido unánime y la ha tratado como una imprudencia temeraria”, afirmó durante la audiencia. El argumento para que el padre de Isidora evitara la prisión preventiva Dentro de sus argumentos, la defensa insistió en que el imputado no actuó con intención ni negligencia deliberada y describió a Jorge Constanzo como un padre cercano a su hija.
Según expuso el abogado, la noche previa al accidente el hombre participó en una celebración de cumpleaños en el quincho del edificio junto a un grupo reducido de personas. “No estamos hablando acá de que hubo una fiesta desenfrenada que dejó a mi representado en estado de embriaguez hasta el día siguiente”, sostuvo. El defensor relató además que el domingo el imputado fue a buscar a Isidora alrededor de las 10:40 horas, compartieron juntos durante gran parte del día y posteriormente regresaron al departamento.
De acuerdo con el relato entregado por Santander, ambos almorzaron, se tomaron fotografías y luego “fueron a jugar y a tomar helado al Parque Araucano”. Posteriormente, explicó que la niña debía dormir una siesta por indicación de su madre. “Efectivamente llegan a la casa después de pasarlo bien.
Entonces la niña es recostada y mi representado la hace dormir y se queda dormida. Queda con la ventana cerrada, tiene una cortina tipo roller que también queda cerrada y mi representado se va a descansar a la pieza de al lado pensando que su hija está dormida y tranquila después de haberlo pasado tan también”, señaló el abogado ante el tribunal. Defensa descartó dolo eventual Otro de los puntos planteados por la defensa fue rechazar la existencia de dolo eventual, uno de los argumentos expuestos por la Fiscalía para solicitar la prisión preventiva.
“Imagínese en el absurdo que podríamos caer si pensamos en el dolo eventual como una conducta que pudiera ocurrirnos a todos. Como, por ejemplo, hoy día salgo de mi casa, tomo mi vehículo y yo me tengo que presentar la posibilidad de que pudiera atropellar a alguien y lo acepto e igualmente salgo a trabajar”, argumentó Santander. El abogado también abordó la ausencia de mallas de seguridad en el departamento y aseguró que la normativa vigente no obliga a instalar este tipo de elementos en edificios que superen cierta altura.
“Estamos frente a un riesgo permitido. No estamos frente a la creación de un riesgo porque la ley lo tolera, no se trata de un riesgo prohibido”, afirmó. Finalmente, el defensor insistió en que lo ocurrido corresponde a “un lamentable accidente que le ocurre a un padre.
Un padre querendón de su hija”. En la parte final de su intervención, Santander aseguró que el imputado quedó profundamente afectado tras la muerte de la menor y que no podría regresar al inmueble donde ocurrió la tragedia. “Es imposible para mi representado volver a ese departamento que le ha marcado la vida y que ha dañado profundamente su propia existencia”, sostuvo.
Preguntas clave sobre este hecho 1. ¿Qué argumentos utilizó la defensa para evitar la prisión preventiva del padre de Isidora? El abogado Cristián Santander sostuvo que el caso corresponde a un “lamentable accidente” y no a un delito cometido con dolo eventual.
Además, argumentó que este tipo de hechos suele ser tratado por la jurisprudencia como imprudencia temeraria y aseguró que el imputado no actuó con intención ni negligencia deliberada. 2. ¿Qué relató la defensa sobre las horas previas a la tragedia?
Según expuso el abogado durante la audiencia, el padre de Isidora pasó gran parte del día junto a la niña. Indicó que almorzaron, se tomaron fotografías y posteriormente fueron al Parque Araucano a jugar y comer helado. Luego, al regresar al departamento, la menor fue acostada para dormir una siesta mientras el imputado descansaba en otra habitación.
3. ¿Qué dijo la defensa sobre la falta de mallas de seguridad en el departamento? La defensa afirmó que la ausencia de mallas de protección no constituía una infracción legal y aseguró que la normativa vigente no obliga a instalar estos elementos en edificios de determinada altura.
En ese contexto, el abogado sostuvo ante el tribunal que “estamos frente a un riesgo permitido” y no ante la creación de un riesgo prohibido.
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