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La inédita trama del juicio a Francisco Sánchez, ex intendente de Atacama, condenado como autor del delito de Estafa
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La inédita trama del juicio a Francisco Sánchez, ex intendente de Atacama, condenado como autor del delito de Estafa

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El esquema fraudulento empezó a operar el año 2014 y se extendió incluso después que Sánchez asumiera como la máxima autoridad regional durante el segundo mandato de Sebastián Piñera. El monto defraudado superó los 218 millones de pesos. También fue condenado Rodrigo Albornoz, contador y colaborador de Sánchez, como cómplice del delito de estafa.

Pero el camino para obtener estas condenas fue inusual y accidentado. La pena definitiva se va a dar a conocer junto con la sentencia condenatoria integra, el día 15 de mayo. Para Sánchez pueden ser 4 años de presidio efectivo y 818 días para Albornoz.

Por Equipo de Investigación El Ciudadano El martes 21 de abril, se dio a conocer el esperado veredicto en una causa que se extendió por 7 años y que generó un verdadero escándalo en Atacama. Quien fue nombrado en julio del año 2018 como intendente en la región, y que antes de su nombramiento se había desempeñado como gerente de la empresa minera Atacama Kozan, había sido imputado por la empresa como autor de una enorme estafa que se extendido durante años, sosteniendo que Sánchez había montado un esquema fraudulento a partir del cual engañaba a los socios japoneses, presentando como gastos propios de la compañía abultadas sumas de dinero que en realidad iban a cubrir lujosos gastos personales en bienes y servicios. Para poder montar y operar este esquema fraudulento, Sánchez obtuvo la ayuda de un contador de su confianza al interior de la empresa, Rodrigo Albornoz, quien no sólo intervino para obtener que los dineros de la empresa se usaran en beneficio personal de Sánchez, facilitando el engaño a través de facturas y estados de pago falsos, sino que también ayudó a falsear los estados contables la empresa para ocultar los gastos como si fueran obras en construcción, y así fingir que la situación de la compañía era favorable.

Todo esto permitió que el fraude se pudiera mantener en el tiempo sin ser detectado por los dueños, ni el gerente japonés, a quien engañaron para obtener los pagos ilegales en favor de Sánchez. Si bien los imputados no declararon en juicio, y sus defensas negaron la existencia de estos hechos, después de casi dos meses de audiencias seguidos ante el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó, se dio a conocer un veredicto condenatorio en contra de Sánchez, como autor de un delito de estafa por un monto superior a los 218 millones de pesos, y contra Albornoz en su calidad de cómplice de Sánchez por el mismo delito. Esto después de que el tribunal escuchara a más de una decena de testigos y peritos, además de haber recibido cientos de documentos a partir de los cuales los acusadores particulares fundaron su caso.

Con esto se termina un proceso que no estuvo exento de polémicas, y que ha abierto serias dudas y críticas sobre el trabajo que realizó el ministerio público de Atacama cuando estaba a cargo del ex fiscal regional, Alexis Rogat. Una investigación inusual A pesar que el ministerio público realizó una extensa investigación, donde se recopiló abundante información según se pudo observar en las audiencias donde se formalizaron y reformalizaron cargos a Sánchez y Albornoz, después de cerrar la causa sorpresivamente comunicaron su “decisión de no perseverar” en la causa, lo cual significa que el Ministerio Público estimó que no contaban con antecedentes suficientes para sostener un caso en juicio oral en contra de los imputados. En esta decisión intervino el fiscal regional de la época, Alexis Rogat, quien firmó la resolución que avalaba esta salida para el caso.

Frente a esto, los abogados de la empresa estafada, Atacama Kozan, recurriendo a una ventana que entrega la legislación para estos casos, le solicitaron al juzgado de garantía de Copiapó que les permitiera seguir con la causa por sí mismos, y llevar a juicio sin ministerio público a los imputados. En este caso el tribunal debe hacer un análisis sobre los antecedentes del caso para ver si resulta “plausible” llevar a los imputados a juicio, y si hay plausibilidad se da la respectiva autorización. Sin embargo, esta opción tiene limitaciones, ya que si el juzgado de garantía autoriza a perseverar en la causa, esto es, llevar a los imputados a juicio sin ministerio público, entonces los querellantes sólo pueden acusar por los mismos hechos por los que fueron formalizados previamente durante la investigación, los que son determinados por la fiscalía.

En este caso, esa limitación fue relevante, ya que según lo que señalaron los abogados de Atacama Kozan durante el juicio, ellos sostuvieron y acompañaron antecedentes para probar un fraude que se extendió desde el 2014 hasta el 2018 por un monto de 9 mil millones de pesos, y que involucró a 10 proveedores de la empresa, pero la fiscalía sólo formalizó a Sánchez y Albornoz por estafa durante el año 2018 por un monto de 218 millones y con la intervención de 4 proveedores, estando impedidos para ir más allá por el fraude total. Finalmente el juzgado de garantía de Copiapó aceptó la solicitud de los querellantes para llevar sin la fiscalía a Sánchez y Albornoz a Juicio Oral, ya que consideró que había mérito suficiente. Esta decisión fue respaldada de forma unánime por la Corte de Apelaciones de Copiapó e incluso por la Corte Suprema, al resolver numerosas solicitudes de sobreseimiento, apelaciones e incluso un amparo presentado en favor de los imputados.

Pero esta causa siguió con polémicas, ya que en la audiencia de preparación de juicio, que es donde se debe definir que pruebas se aceptaban para ser prestadas a juicio, se extendió por varios meses a partir de las decenas de solicitudes efectuadas por las defensas de Sánchez y Albornoz, incluida la petición para inhabilitar al juez que estaba tomando esa audiencia en medio de su desarrollo. Finalmente se mandaron los antecedentes al tribunal de juicio oral en lo penal, en donde se esperaba que el que juicio empezara sin mayores contratiempos, lo que finalmente no fue así. La licencia médica y el “milagro de Atacama” El tribunal oral en lo penal de Copiapó recibió los antecedentes de la causa para agendar el juicio contra Sánchez y Albornoz el mes de diciembre de 2024.

En ese contexto, se decidió que el juicio debía iniciar el día lunes 1 de septiembre de 2025, nueve meses después. Sin embargo, el día programado se dio a conocer que el abogado del imputado Rodrigo Albornoz, Patricio Pinto Castro, presentó una licencia médica por 20 días. Ante esto, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó acogió la solicitud de suspensión y fijó como nueva fecha de inicio el 13 de octubre de 2026, es decir, un año y dos meses después.

Lo insólito sucedió poco después, lo que en círculos judiciales muchos llamaron como “el milagro de Atacama”. La licencia médica presentada por el abogado Pinto Castro prescribió un “reposo laboral por 20 días” según lo señaló el propio profesional en su presentación ante el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó, por lo que el reposo se debía prolongar hasta el día 20 de septiembre inclusive. A pesar de esto, el día 10 de septiembre de 2025 el abogado Patricio Pinto Castro aparece en perfecto estado de salud, compareciendo ante el juzgado de garantía de Copiapó como abogado defensor a una maratónica audiencia de 5 horas en el caso de la Fundación Comprometidos, investigado por la Fiscalía Regional de Atacama, que forma parte del más amplio “Caso Convenios” o “Caso Fundaciones”, que indaga irregularidades en la transferencia y ejecución de fondos públicos a organizaciones sin fines de lucro en el norte de Chile.

Esta situación generó la sospecha de que la presentación del abogado Pinto alegando una supuesta enfermedad, y que gatilló la decisión del Tribunal de Juicio Oral de cambiar el inicio del juicio contra Sánchez para más de un año, podría haberse tratado de una maniobra para impedir que se ventilaran públicamente las irregularidades del ex intendente de Atacama en un periodo donde Rafael Prohens, persona cercana a Sánchez, buscaba la reelección como senador de la región de Atacama. Finalmente Prohens perdió, sacando una de las más bajas votaciones históricas a nivel nacional, con un 3,37%. A partir de una petición de los abogados de Atacama Kozan, el tribunal de juicio oral decidió remitir los antecedentes sobre la licencia médica del abogado pinto al ministerio público a fin que se investigue la eventual comisión de delitos, sin que se conozca, a esta fecha, que ha hecho la fiscalía frente a estos hechos.

Inicio del juicio oral y un desarrollo accidentado El reagendamiento en más de un año dos meses por una licencia generaron múltiples críticas y cuestionamientos. En ese contexto el Tribunal de Juicio Oral decidió adelantar el inicio de la causa para el día 24 de febrero de 2026, día en que finalmente comenzó. Durante el Juicio se presentaron como prueba la declaración de numerosos testigos, peritos y además cientos de documentos, extendiéndose por casi dos meses.

Sin embargo, su desarrollo no estuvo exento de algunas peculiaridades. Uno de los testigos de la causa, Enrique Herrera, quien habría tenido un papel relevante en parte de los hechos que se imputaban sencillamente no apareció a declarar, a pesar de estar notificado. Esto generó 4 órdenes de arresto dictadas en su contra, las que no se pudieron concretar ya que sencillamente no fue ubicado en ninguno de sus domicilios.

Además, y después que transcurrió más de un mes de juicio uno de los tres jueces que estaba integrando el tribunal tuvo que dejar la causa ya que fue llamado a servir como ministro suplente a la corte de apelaciones de Copiapó. Esto generó que quedaran solo dos de los tres jueces que integraban la sala del Tribunal. Si bien esta situación no es usual en la práctica, si está contemplada en la ley, estableciéndose la exigencia que en ese caso el fallo debe ser unánime, sino queda nulo todo el juicio, evento en el cual se debe repetir, pero con otros jueces.

Condena y cuestionamientos al ex fiscal regional Alexis Rogat En una resolución unánime comunicada el martes pasado, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó pronunció un veredicto condenatorio contra los dos imputados: a Sánchez como autor de un delito de estafa contra Atacama Kozan con un perjuicio ascendente a $218. 603. 362, y a Rodrigo Albornoz como cómplice.

Los acusadores pidieron 4 años de presidio efectivo para Sánchez y 818 días de presidio efectivo para Albornoz. La pena definitiva se va a dar a conocer junto con la sentencia condenatoria integra, el día 15 de mayo. El que se haya obtenido una condena de esta envergadura en una causa por delito de estafa donde la víctima llevó a los imputados a juicio sin ministerio público no es algo habitual, lo que ha puesto la atención en la actuación de la fiscalía y en especial el ex fiscal regional de Atacama, Alexis Rogat.

La cuestionada decisión de no seguir adelante tomada por la fiscalía, pasó por la decisión del entonces fiscal regional, Alexis Rogat Lucero, quien dejó su cargo el año 2024. Rogat ha sostenido públicamente que esa decisión fue adoptada por una determinación “técnica” con un análisis previo de “un equipo conformado por abogados con vasta experiencia en materia de delitos económicos y funcionarios” a quienes nunca ha identificado con nombre y apellido, por lo que muchos dudan de esta explicación, destacando que al tratarse de una entidad altamente jerarquizada, que él haya firmado la decisión de no perseverar da cuenta que finamente era su decisión. El argumento consistía en que los hechos corresponderían al delito de “administración desleal”, el cual que fue establecido recién el año 2018, con posterioridad a su ocurrencia, que era exactamente lo mismo que decían las defensas como parte de sus intentos para que la causa fuera desestimada tempranamente.

Sin embargo los querellantes le entregaron a la fiscalía informes en derecho de los profesores de derecho penal de la Universidad de Chile, Miguel Soto Piñeiro y Juan Pablo Mañalich, donde se sostenía que estos hechos eran constitutivos de estafa, que fue precisamente la figura por la cual Sánchez y Albornoz fueron querellados, acusados y finalmente condenados. En este contexto se ha destacado que Rogat después de unos meses de dejar la fiscalía empezó a trabajar en causas particulares con el abogado Patricio Pinto Castro, que ha sido el defensor del coimputado de Sánchez en la causa, Rodrigo Albornoz. Además Rogat es señalado en el texto de los créditos de la revista de propiedad de Francisco Sánchez, Atacama Viva, como uno de los colaboradores de la publicación, lo que ha llamado la atención en un contexto donde precisamente ese medio es señalado en el veredicto de condena como uno de los mecanismos que usaba Sánchez para estafar a Atacama Kozan En este contexto, llamó la atención de varias personas ligadas al caso que Rogat apareciera como público en a lo menos una de las jornadas del juicio oral.

Como ha podido constatar El Ciudadano, se puede ver que este caso va más allá de la situación particular de Sánchez y Albornoz, abriendo varias dudas sobre la forma en que opera el Ministerio Público, y el sistema de persecución penal en nuestro país, especialmente cuando involucra a imputados que tienen una posición de poder en regiones.

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