La cláusula de la Ley 40 horas que prohíbe que te bajen el sueldo y cómo exigir tus 42 horas
La gradualidad de la Ley 40 horas (Ley 21. 561) sumó un hito obligatorio en todo Chile. El tope máximo de tiempo de trabajo ordinario contratado descendió formalmente de 44 a 42 horas semanales para todos los trabajadores regidos por el Código del Trabajo.
Si bien muchas empresas adaptaron este cambio de forma anticipada, para quienes aún mantenían jornadas largas el ajuste ya es una realidad legal. Sin embargo, una de las mayores dudas entre los trabajadores urbanos es: ¿Cómo se deben recortar esas dos horas semanales en el día a día? La normativa es clara en priorizar el mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador.
Pero, en caso de que no exista consenso o tu jefatura no haya propuesto un esquema, la ley establece un mecanismo automático que debes conocer para hacer valer tus derechos. Así se deben restar tus horas de trabajo (con o sin acuerdo) Según los dictámenes de la Dirección del Trabajo (DT) y las directrices de ChileAtiende, la rebaja de las dos horas se debe aplicar obligatoriamente al término de la jornada diaria bajo el siguiente esquema: Si trabajas 5 días a la semana (Lunes a Viernes): Tu jornada diaria debe reducirse en 1 hora durante dos días distintos de la semana. Por ejemplo, si salías a las 18:00 horas, dos días de la semana saldrás a las 17:00 horas.
Si trabajas 6 días a la semana (Lunes a Sábado): La distribución cambia para cubrir los 120 minutos totales. Se descuentan 50 minutos en un día, 50 minutos en un segundo día y los 20 minutos restantes en un tercer día de la semana. El empleador es el encargado de determinar qué días específicos se aplicará el corte, pero bajo ninguna circunstancia puede realizar rebajas menores de forma fragmentada (como restar unos pocos minutos cada día) si esto afecta el espíritu de descanso de la ley.
¿Te pueden bajar el sueldo con la Ley 40 horas? La respuesta del Ministerio del Trabajo es un “no” tajante. La Ley 21.
561 incorporó un artículo transitorio explícito que prohíbe de forma absoluta la reducción de las remuneraciones mensuales de los trabajadores con motivo de la reducción de la jornada laboral. Es decir, trabajas menos, pero tu sueldo líquido y tus asignaciones fijas se mantienen intactas. El beneficio extra para padres en Santiago A la par de la reducción horaria, la ley contempla el derecho a las bandas horarias.
Si eres padre, madre o tienes el cuidado personal de un niño o niña menor de 12 años, tienes derecho a adelantar o retrasar el inicio de tu jornada laboral hasta en una hora, lo que modificará consecuentemente tu hora de salida. Este beneficio es una herramienta clave para los trabajadores de Santiago que buscan conciliar los tiempos de traslado y el ingreso a los colegios. Para solicitarlo, solo debes entregar a tu empleador el certificado de nacimiento del menor o la resolución judicial de cuidado personal.
¿Qué hacer si no cumplen en tu trabajo? Si tu empleador se niega a ajustar el horario a las 42 horas máximas, intenta aplicar una rebaja salarial o rechaza injustificadamente tu derecho a banda horaria, te corresponde ingresar una denuncia formal ante la Dirección del Trabajo. El trámite se puede realizar de forma digital y confidencial utilizando tu ClaveÚnica en el portal Mi DT.
Cabe recordar que el calendario de gradualidad continuará avanzando en los próximos años, quedando fijada la meta final de 40 horas semanales obligatorias para el 26 de abril de 2028.
¿Te pareció importante esta noticia?
Compártela y mantén informado a Chile