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DF Tax | El eterno debate de las contribuciones
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17:54 · Chile

DF Tax | El eterno debate de las contribuciones

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Ya se acerca la fecha para el pago de la primera cuota de contribuciones o impuesto territorial, y probablemente volverá a encenderse el debate respecto a los criterios de equidad o inequidad que subyacen a este impuesto, y que justifican su permanencia en el tiempo. Sabemos que la opinión pública lo percibe como una verdadera expropiación, pues están pagando impuesto sobre activos que fueron adquiridos con rentas que en su momento ya tributaron con el impuesto respectivo. A ello se suma el incremento del avalúo fiscal de las propiedades a un nivel no menor en los años recientes, y más aún, sin que el propio Servicio de Impuestos Internos haya podido transparentar la metodología a través de la cual determina dichos avalúos fiscales o su reajuste en el tiempo, todo lo cual, como ya sabemos, provocó un bochorno de proporciones, que culminó con la renuncia del director de la autoridad tributaria de la época.

Todo ello, ha llevado a que el nuevo Gobierno, entre sus propuestas tributarias, considere la exención del pago de contribuciones a la primera vivienda, sin que se conozcan aún los detalles específicos de dicha propuesta. Probablemente, sin embargo, surgirán los detractores de siempre que sostendrán que eliminar por completo las contribuciones no es la solución y que ello producirá una merma importante en las arcas fiscales o municipales. Bueno, quizá, no es necesario eliminar las contribuciones del todo, sino simplemente modificar la base sobre la cual se calculan las mismas.

Una de las cosas que más se escucha actualmente como queja de parte de los contribuyentes, es que pagan contribuciones sobre un inmueble “que no les pertenece”, porque el mismo “aún es del banco”, refiriéndose a la existencia de crédito hipotecario, y de la garantía real que subyace al mismo. Jurídicamente, sabemos que el propietario del inmueble es indefectiblemente el deudor, no el banco, el cual simplemente es titular de una garantía, en carácter de derecho real, sobre el bien objeto de la deuda, lo que le permite recuperarlo y rematarlo para obtener el pago del crédito si el mismo no se satisface. Sin embargo, comercialmente hablando, es razonable entender lo que las personas señalan en lenguaje coloquial: “el banco es todavía el dueño de mi casa, y yo debo pagar contribuciones sobre ella”.

Tomando en consideración esta situación, hay dos soluciones que eventualmente podrían analizarse: (i) Que el propietario del inmueble tribute sobre el avalúo fiscal neto del inmueble, es decir, descontado el pasivo o deuda que aún se mantiene vigente con el banco. Con ello, estaría pagando impuesto estrictamente por el valor del activo que ha pagado hasta la fecha, y su contribución aumentaría progresivamente con el tiempo, en la medida que una mayor fracción del activo estuviera pagado; y/o (ii) Que, en tanto esté vigente el crédito hipotecario, una proporción de la contribución al menos sea soportada por el banco, es decir, que la carga tributaria por este concepto sea compartida entre el contribuyente y la entidad acreedora. De esta forma, quizá se aminora el impacto en las arcas fiscales (municipales principalmente), y se considera un parámetro de mayor equidad en el tratamiento de los contribuyentes.

En proponer y pedir no hay engaño, veamos qué dice el soberano.

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