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Corte Suprema ordena pago de pensión millonaria a mujer condenada a cadena perpetua calificada
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19:25 · Chile

Corte Suprema ordena pago de pensión millonaria a mujer condenada a cadena perpetua calificada

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En un fallo que sienta un precedente jurídico en materia previsional y sucesoria, la Corte Suprema ratificó que una mujer, actualmente privada de libertad y cumpliendo una condena de cadena perpetua calificada, tiene derecho a percibir la pensión de su fallecido cónyuge, quien fuera miembro de las Fuerzas Armadas. Según lo confirmado por su abogado representante, Guillermo Ibacache, el monto total que deberá ser cancelado a la mujer asciende a una cifra cercana a los $300. 000.

000. Esta suma corresponde a las pensiones acumuladas desde el año 2017 a la fecha, luego de que la justicia declarara prescritos los periodos anteriores por no haber sido reclamados oportunamente. El centro de la controversia radicaba en si una persona condenada por un delito grave contra su cónyuge podía ser beneficiaria de sus bienes o pensiones.

Al respecto, el abogado Ibacache explicó que, si bien el Tribunal Civil podía cuestionar este derecho, la ley es clara: la "indignidad para suceder" debe ser declarada mediante una sentencia judicial específica tras una demanda. "Nadie ha demandado hasta el día de hoy para declararla indigna. Por ende, la Corte determinó que deben pagarle, ajustándose estrictamente a lo que dice la ley y fallando en derecho", señaló el jurista.

La mujer, que lleva 14 años en prisión, ha intentado en reiteradas ocasiones optar a beneficios intrapenitenciarios para reducir o flexibilizar su permanencia en la cárcel, solicitudes que han sido rotundamente denegadas por la justicia debido a la gravedad de su condena (cadena perpetua calificada). Ibacache también hizo mención al contexto de la condena, sugiriendo que los hechos que motivaron la sentencia donde la mujer contrató a terceros para el crimen ocurrieron en un entorno de maltrato de larga data, argumentando que las decisiones tomadas en ese entonces fueron el resultado de años de vulneración. La defensa enfatizó que la responsabilidad del pago recae en el Estado, que es la entidad encargada de administrar y pagar las pensiones de las fuerzas armadas.

Al no existir una acción legal por parte de posibles herederos o del propio Estado para impugnar su derecho por razones éticas o criminales, el máximo tribunal del país ordenó el cumplimiento del pago previsional de manera inmediata. El Crimen se remonta al año (2010), siendo la esposa de la víctima, Irma Ovalle Quezada, señalada como la autora intelectual. Según la investigación, ella contactó a un tercero para ejecutar el asesinato de su marido.

Para llevar a cabo el plan, se contactó a Carlos Muñoz, un hombre con antecedentes penales, a quien se le pagó una suma de dinero por cometer el delito. El ataque ocurrió en el sector sur de la ciudad. La víctima fue abordada y asesinada con un arma blanca, recibiendo múltiples estocadas que le causaron la muerte en el lugar.

Sentencia Histórica: En un juicio oral que captó la atención de todo el país, Irma Ovalle fue condenada en 2011 a la pena de presidio perpetuo calificado. Es la sanción más alta en la legislación chilena. Implica que la condenada debe cumplir al menos 40 años de cárcel efectiva antes de poder optar a cualquier tipo de beneficio carcelario.

El Ejecutor: El autor material (sicario) también recibió una condena de presidio perpetuo, aunque en su caso fue de carácter simple (posibilidad de beneficios a los 20 años). Como mencionábamos al comienzo de la nota , el caso ha resurgido 14 años después porque, a pesar de haber sido la responsable de la muerte de su cónyuge, nunca se tramitó legalmente su "indignidad para suceder".

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