Corte de Santiago confirma condenas a exoficiales por quema de archivos de la CNI
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a tres oficiales en retiro del Ejército por su responsabilidad en la incineración de archivos microfilmados de la Central Nacional de Informaciones (CNI), ilícito cometido entre los años 2000 y 2001 y calificado como infidelidad en la custodia de documentos con grave daño a la causa pública. En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada ratificó las penas impuestas al general (r) Eduardo Abel Jara Hallad y a la entonces teniente coronel Mercedes del Carmen Rojas Kuschevich, ambos condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de libertad vigilada por igual lapso, además de inhabilitación absoluta para derechos políticos y cargos públicos mientras duren las condenas, y el pago de multas de 21 UTM. Asimismo, el tribunal confirmó la condena de 200 días de reclusión, con remisión condicional por un año, para el general en retiro Carlos Patricio Chacón Guerrero, estableciendo que su participación en los hechos fue en calidad de encubridor, conforme al artículo 17 N°2 del Código Penal.
También deberá pagar una multa de 21 UTM y las costas del proceso. En su resolución, la Corte sostuvo que Chacón Guerrero tuvo conocimiento de la incineración de una cantidad indeterminada de microfilms con información de la CNI, organismo que durante la dictadura cumplió funciones represivas. Pese a ello, no adoptó medidas para esclarecer los hechos ni verificar el cumplimiento de los protocolos institucionales, lo que —según el fallo— evidencia una conducta orientada a ocultar lo sucedido.
“Guardó silencio en relación a la incineración de los microfilms (…) impidiendo con ello el descubrimiento del delito”, señala la sentencia. Archivos clave para causas de derechos humanos En el fallo de primera instancia, ratificado por la Corte, la ministra en visita extraordinaria Paola Plaza González estableció que los documentos destruidos podían contener información relevante para esclarecer violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura. Según se acreditó en la investigación, tras el retorno a la democracia los archivos de la CNI quedaron bajo custodia del Ejército, específicamente en la Dirección de Inteligencia (DINE).
Sin embargo, entre 2000 y 2001, por instrucción del entonces director de Inteligencia, Eduardo Jara Hallad, se ordenó revisar y posteriormente incinerar parte de estos registros en dependencias de la Escuela de Inteligencia en Nos, sin levantar las actas exigidas por la normativa vigente. La resolución también contextualiza los hechos en el marco de la política de persecución y represión implementada en dictadura, período en que organismos como la CNI —y previamente la DINA— participaron en violaciones sistemáticas a los derechos humanos. El tribunal de alzada confirmó íntegramente la sentencia dictada el 25 de marzo de 2025, con la sola declaración respecto de la calidad de encubridor atribuida a Chacón Guerrero, dejando así firmes las condenas contra los tres exoficiales.
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