URGENTE.CL
● EN VIVO
Corte acoge recurso contra Mauricio Javier Vidal Guerra, vinculado a “Zona Zero”, y ordena rectificar publicaciones por vulnerar derecho a la honra
INFO
📰GENERAL
23:26 · Chile

Corte acoge recurso contra Mauricio Javier Vidal Guerra, vinculado a “Zona Zero”, y ordena rectificar publicaciones por vulnerar derecho a la honra

Compartir

La Primera Sala del tribunal de alzada acogió de manera unánime el recurso de protección interpuesto por Gloria Alejandra Marín Sepúlveda, tras determinar que la difusión de información inexacta e incompleta en plataformas digitales vulneró sus derechos constitucionales, particularmente su derecho a la honra. El fallo (causa rol 55-2026), dictado por los ministros Caroline Turner González, Roxana Salgado Salamé y Claudio Jara Inostroza, establece que las publicaciones realizadas en el sitio web “Zona Zero” y en redes sociales como Instagram, Facebook y YouTube generaron una afectación directa a la vida privada y la integridad psíquica de la recurrente. Según expone la sentencia, la actora denunció que el recurrido, Mauricio Javier Vidal Guerra, difundió reiteradamente contenidos que la vinculaban con supuestos hechos de acoso laboral, vulneración de derechos fundamentales y una presunta remoción de su cargo como exdirectora regional del Instituto de Previsión Social, afirmaciones que fueron calificadas como falsas.

El tribunal además dejó constancia de que el recurrido, pese a haber sido notificado, no presentó informe en la causa, por lo que se resolvió prescindir de dicho trámite. En su análisis, la Corte enfatizó que el derecho a la honra es una garantía constitucional de carácter personalísimo, vinculada directamente a la dignidad humana. Asimismo, subrayó que su vulneración genera principalmente un daño moral y psíquico, más allá de eventuales consecuencias económicas.

Respecto del fondo, la resolución determinó que las publicaciones cuestionadas tenían como objetivo instalar una imagen negativa de la recurrente ante la opinión pública, basándose en información incompleta. En particular, se cuestionó una publicación del 8 de septiembre de 2025 que señalaba que la exdirectora del IPS Magallanes había sido removida de su cargo, omitiendo que en realidad presentó su renuncia voluntaria días antes. De igual forma, el fallo abordó publicaciones relacionadas con denuncias bajo la Ley N°21.

643, indicando que todas ellas fueron sobreseídas mediante resoluciones del propio Instituto de Previsión Social, lo que no fue debidamente informado en los contenidos difundidos. La Corte concluyó que estas acciones generaron una perturbación continua al asociar el nombre de la recurrente a conductas laborales reprochables sin fundamento, afectando su reputación. Por ello, el tribunal resolvió acoger el recurso sin costas y ordenó al recurrido que, en un plazo de diez días hábiles desde que la sentencia quede ejecutoriada, complemente las publicaciones cuestionadas, incorporando información veraz sobre el cese de funciones de la actora y el estado real de las denuncias en su contra.

¿Te pareció importante esta noticia?

Compártela y mantén informado a Chile