CORPACH INTERPONE QUERELLA CRIMINAL CONTRA EMPRESA BLUMAR S.A. POR DERRAME DE HIDROCARBUROS TRAS TRÁGICA COLISIÓN
La nave PAM Cobra, de propiedad de BLUMAR S. A. , embistió a la lancha artesanal Bruma en la madrugada del 30 de marzo de 2025, causando la muerte de siete pescadores y un derrame de combustible en aguas del Golfo de Arauco.
La Corporación de Fomento y Desarrollo, Orilleros, Pescadores Artesanales y Orilleras de Chile (CORPACH) presentó una querella criminal ante el Juzgado de Garantía de Coronel en contra de la empresa pesquera BLUMAR S. A. , su directorio, y el capitán y operadores de la nave PAM Cobra (IMO: 9160695), por el delito contemplado en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.
892, relativo a la introducción de agentes contaminantes en cuerpos de agua. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 30 de marzo de 2025, aproximadamente a las 03:08 horas, al noreste de la Isla Santa María, cuando la nave Cobra —pesquero de altamar de 64,7 metros de eslora, 3. 600 HP y 1.
315 toneladas de registro grueso— colisionó de frente con la lancha artesanal Bruma, embarcación de 14,7 metros de eslora que transportaba a siete pescadores artesanales. El resultado fue devastador: los siete tripulantes de la Bruma perdieron la vida. El derrame: una segunda catástrofe ambiental Luego de la tragedia humana, la colisión provocada por la nave de BLUMAR S.
A. desencadenó una grave emergencia ambiental. La lancha Bruma transportaba al momento del choque al menos 5.
000 litros de combustible diésel destinados a su faena de pesca. Al hundir la embarcación, la nave Cobra provocó el derrame total de ese hidrocarburo en aguas del Golfo de Arauco, territorio marítimo de la Región del Biobío. La querella sostiene que la única responsable del vertimiento es la nave Cobra, al haber provocado directamente la destrucción de la embarcación artesanal y el consecuente derrame.
Este hecho constituiría el delito de contaminación de aguas contemplado en la Ley General de Pesca y Acuicultura, agravado por la Ley de Delitos Económicos y Ambientales N° 21. 595, que amplía la responsabilidad penal a personas jurídicas. BLUMAR S.
A. : responsabilidad empresarial en el banquillo La querella apunta directamente a BLUMAR S. A.
como propietaria de la nave Cobra, a su directorio, y a los responsables operacionales de la embarcación. La acción judicial se fundamenta en la Ley N° 20. 393, que establece responsabilidad penal para personas jurídicas, en un caso que la propia presentación judicial califica como "inédito en Chile": BLUMAR S.
A. ya fue formalizada por la Fiscalía de Coronel no sólo por el delito de homicidio culposo, sino también en su calidad de empresa. Las penas solicitadas contemplan presidio menor en su grado medio a máximo y multas de entre 100 y 10.
000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), además de condenación en costas. La Capitanía de Puerto de Coronel inició una investigación sumaria administrativa y remitió los antecedentes tanto a la Superintendencia del Medio Ambiente como a la Fiscalía local. "Lo que hizo esa nave fue acabar de un golpe con siete vidas y de paso contaminar el mar.
Ese combustible que se derramó esa noche está en el fondo del Golfo, envenenando los recursos de los que vivimos nosotros, nuestras familias y las familias de los que ya no están. BLUMAR tiene que hacerse responsable, porque esa nave era de ellos y ese error lo estamos pagando nosotros. " — Hernán Cortés Bernal, pescador artesanal y testigo del caso.
"Esta querella es un hito histórico en Chile. Por primera vez, una gran empresa pesquera enfrenta cargos penales no sólo por el actuar de sus trabajadores, sino como persona jurídica. BLUMAR S.
A. es propietaria de la nave que hundió la Bruma, que mató a siete chilenos y que contaminó nuestras aguas con miles de litros de diésel. El derecho penal ambiental existe precisamente para que hechos de esta magnitud no queden impunes, y vamos a perseguir las máximas penas que la ley permite.
" — Ronnie Pérez Muñoz, abogado, representante de CORPACH. Impacto en la comunidad pesquera del Golfo de Arauco Según la querella, el daño causado a la totalidad de los pescadores artesanales, buzos mariscadores y recolectores de orilla del Golfo de Arauco —todos integrantes o vinculados a CORPACH— es de magnitud incalculable. Mientras el litoral afectado no sea saneado, la recuperación de la fuente de subsistencia de cientos de familias costeras permanecerá en la incertidumbre.
Pescadores artesanales, recolectores de orilla y buzos mariscadores realizan extracción de recursos pelágicos y bentónicos a lo largo de toda la región, en conformidad a la normativa vigente y bajo el control de Sernapesca y la autoridad marítima. El derrame de hidrocarburos representa una amenaza directa a estos ecosistemas y a la cadena productiva que de ellos depende. Diligencias solicitadas en la querella Entre las diligencias solicitadas al tribunal, CORPACH requirió el despacho de una orden de investigación a la Brigada de Delitos Ambientales de la PDI; la citación como testigo de Hernán Mauricio Cortés Bernal; la remisión urgente de la Investigación Sumaria Administrativa (ISA) llevada por la Armada de Chile; y la declaración del directorio y gerencia general de BLUMAR S.
A.
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