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Contraloría confirma que municipios pueden entregar protección adicional a alcaldes, concejales y funcionarios amenazados
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Contraloría confirma que municipios pueden entregar protección adicional a alcaldes, concejales y funcionarios amenazados

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El Dictamen N° D262/2026 estableció que las municipalidades están facultadas para adquirir, de manera excepcional y transitoria, elementos de seguridad personal cuando existan amenazas concretas, denuncias previas y medidas de protección ordenadas por organismos competentes. La Contraloría General de la República, CGR, emitió un importante pronunciamiento que aclara el margen de acción de las municipalidades frente a amenazas que afecten la seguridad personal de alcaldes, concejales y funcionarios municipales. A través del Dictamen N° D262/2026, el organismo estableció que las entidades edilicias sí pueden adquirir elementos de protección adicional para sus autoridades y trabajadores, siempre que se cumplan condiciones específicas y debidamente fundadas.

La resolución adquiere especial relevancia en un contexto en que diversas autoridades locales han debido enfrentar situaciones de riesgo vinculadas al ejercicio de sus funciones públicas, especialmente en comunas donde la seguridad, la fiscalización, la recuperación de espacios públicos y el combate a incivilidades han generado tensiones con grupos o personas que actúan al margen de la ley. De acuerdo con el dictamen, las municipalidades pueden adquirir, de forma excepcional y transitoria, elementos destinados a resguardar la integridad física de alcaldes, concejales y funcionarios que hayan denunciado amenazas concretas contra su seguridad personal y que, además, cuenten con medidas de protección ordenadas o respaldadas por los organismos competentes. El pronunciamiento se sustenta en las atribuciones que poseen los municipios en materia de seguridad pública comunal, así como en la obligación que recae sobre alcaldes y jefaturas de unidad de velar por condiciones laborales seguras.

Para la CGR, el resguardo de la integridad de quienes ejercen funciones municipales no constituye un privilegio, sino una medida orientada a garantizar que las autoridades y trabajadores puedan desempeñar sus labores de manera oportuna, correcta, eficiente y segura. La Contraloría recordó que las municipalidades cuentan con facultades legales para adquirir elementos vinculados a la protección personal cuando aquello resulte necesario para el cumplimiento de sus funciones institucionales. Esta posibilidad cobra especial importancia cuando los riesgos se encuentran directamente asociados al ejercicio de cargos públicos o al desarrollo de tareas municipales que puedan exponer a determinadas personas a amenazas reales.

El dictamen también incorpora como antecedente el fortalecimiento de la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública comunal, contemplado en la Ley N° 21. 802, cuya entrada en vigencia está prevista para agosto de 2026. En ese marco, el organismo de control reconoce que el rol de los municipios en seguridad se ha ido ampliando y que, en determinados casos, aquello puede generar la necesidad de adoptar medidas de resguardo para quienes cumplen funciones expuestas.

Sin embargo, la CGR fue clara en establecer que esta facultad no puede ejercerse de manera indiscriminada ni permanente. La entrega de elementos de protección debe tener un carácter excepcional y temporal, limitado estrictamente al período en que subsista el riesgo o la amenaza que justifica la medida. Además, la decisión deberá estar respaldada por un informe o evaluación técnica y fundada, emitida por los organismos policiales competentes o dispuesta por el Ministerio Público.

Esto implica que no bastará con una apreciación subjetiva del riesgo, sino que será necesario contar con antecedentes objetivos que acrediten la existencia de una amenaza concreta contra la autoridad o funcionario municipal. Otro de los requisitos establecidos por la Contraloría es que la implementación de estas medidas quede supeditada a la disponibilidad presupuestaria de cada municipalidad. En otras palabras, las entidades edilicias podrán adoptar acciones de protección adicional, pero deberán hacerlo de acuerdo con sus capacidades financieras, respetando los principios de eficiencia, racionalidad del gasto y correcta administración de los recursos públicos.

Uno de los puntos relevantes del dictamen dice relación con los concejales. La CGR aclaró que, si bien estos no se rigen por el estatuto aplicable a los funcionarios municipales, dicha condición no exime a los municipios de adoptar medidas destinadas a resguardar su integridad física cuando enfrentan riesgos derivados del ejercicio de su cargo. Con ello, el organismo reconoce que la función fiscalizadora y representativa de los concejales también puede estar expuesta a amenazas que requieren una respuestainstitucional.

El pronunciamiento también incluye a los funcionarios municipales, especialmente cuando sus labores los vinculan con procedimientos de fiscalización, inspección, seguridad, control territorial u otras tareas que puedan generar conflictos o represalias. En ese sentido, la obligación de proveer condiciones seguras de trabajo se proyecta más allá de las autoridades electas y alcanza a quienes cumplen funciones operativasdentro de la administración local. La Contraloría enfatizó, además, que cuando existan amenazas contra la integridad personal, estas deben ser denunciadas previamente ante el Ministerio Público, debido a que pueden constituir delitos.

La denuncia formal aparece así como un paso necesario para activar eventuales medidas de protección y dar sustento legal a cualquier decisión municipal orientada a financiar elementos de seguridad. El Dictamen N° D262/2026 entrega, de esta forma, una señal clara a los municipios del país: la protección de autoridades y funcionarios amenazados puede ser asumida por las entidades edilicias, pero solo bajo criterios estrictos, fundados y temporales. No se trata de abrir la puerta a gastos discrecionales, sino de permitir respuestas excepcionales frente a riesgos debidamente acreditados.

Con esta resolución, la CGR busca equilibrar dos principios relevantes: por un lado, el deber de resguardar la vida e integridad de quienes ejercen funciones públicas en el ámbito municipal; y, por otro, la obligación de cuidar el uso correcto de los recursos públicos. En tiempos en que las autoridades locales enfrentan escenarios cada vez más complejos en materia de seguridad, el dictamen fija un marco de acción para que los municipios puedan actuar sin quedar paralizados frente a amenazas reales.

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