¿Cómo se configura el delito de femicidio?: El debate que abrió el caso de la joven conductora asesinada en Valparaíso
Esa jornada, la joven trasladaba un pasajero, cuando se enfrascó en una discusión con otro conductor, quien la golpeó con un objeto contundente y posteriormente la atropelló, arrastrándola por varios metros. Producto de la agresión, la víctima fue trasladada hasta el Hospital Carlos Van Buren, donde quedó con muerte cerebral. Su deceso se registró el 24 de marzo.
En tanto, de acuerdo a los antecedentes que se manejan hasta ahora, el imputado por la agresión, de iniciales Y. A. V.
V. , de 31 años, habría escapado por pasos irregulares hacia Bolivia; días después volvió a Chile -nuevamente por un paso irregular-, resultando detenido en Colchane. En la Comisión, tanto parlamentarios como los padres de la víctima solicitaron que el crimen de la joven sea investigado como femicidio.
Esto, bajo el argumento de que existirían antecedentes que apuntan a un ataque motivado por la orientación sexual de Camila. A la sesión estaba invitada la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Judith Marín, sin embargo se excusó de asistir, por conflictos de agenda. Padres apuntan a femicidio y piden "Ley Camila" En su intervención, Katherine Arriagada, madre de Camila, planteó que "mi hija era una mujer libre, que amaba sin miedo, y hoy creemos que esto también influyó en lo que pasó, porque hay violencia que nace del odio, y ese odio tampoco fue visto a tiempo.
Hoy yo vengo solo como mamá, vengo a pedir algo: que ninguna madre en Chile tenga que vivir esto de nuevo". Por su parte, el padre de la víctima, David Ponce, apuntó a una "falla estructural" del sistema, considerando que el imputado mantenía cuatro órdenes de detención vigente, condenas previas, denuncias no investigadas, y había accedido a un sistema de libertad vigilada. "Según cifras oficiales, en Chile se registran decenas de femicidios cada años, y cientos de denuncias de violencia que no siempre logran traducirse en medidas eficaces de protección", enfatizó.
Agregó que "nuestro reglamento jurídico ha avanzado, como la Ley Gabriela, que amplió la figura de femicidio para reconocer distintas formas de violencia contra la mujer, pero este caso muestra que aún existen espacios de mejora, especialmente cuando la violencia se vincula a motivaciones de odio, incluyendo la orientación sexual de la víctima". "Por eso queremos proponer avanzar en una reforma legal; la ley Camila, como el nombre de mi hija, con dos líneas claras. Primero, mediante un sistema efectivo de ejecución de órdenes de detención, la obligación de investigar denuncias y la creación de mecanismos que permitan identificar sujetos de riesgo.
Y en segundo lugar, perfeccionar la legislación en violencia de género. Incorporando de manera expresa la motivación basada en odio, y fortaleciendo la investigación con enfoque de género", enfatizó. En tanto, uno de los abogados representantes de la familia de Camila, sostuvo que "cuando se avizoraba el nombramiento de la ministra Marín como ministra de la Mujer, la comunidad LGTBQ+ entró en pánico, porque se temía que la ministra, por su sesgo ideológico-religioso, no cumpliera cabalmente su rol".
"Acá el temor de la familia, y me incluyo, es que la ministra Marín no se ha querellado por delito de femicidio pudiendo hacerlo en virtud de la Ley 21. 565, precisamente por su sesgo ideológico, toda vez que , en definitiva, Camila, además de mujer, era lesbiana. El llamado a la ministra es que se querelle", sostuvo el abogado.
Si bien dijo que la ministra de Seguridad, Trinidad Steinert, sí se querelló por el delito de femicidio en este caso, no fue admisible por el tribunal por "no estar dentro de la legitimidad activa de dicho ministerio de Seguridad... pero como bien sabrán ustedes, pero el Sernameg puede querellarse y está dentro de sus facultades. Por eso nuestro llamado una vez más a que la ministra Marín se pronuncie y se querelle".
Sernameg no se querellará por femicidio por ahora Ayer, horas después del desarrollo de la comisión, desde el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg), emitieron un comunicado donde, por ahora, descartan querellarse por femicidio. "En relación con el homicidio de Camila Ponce Arriagada, ocurrido el 19 de marzo de 2026 en la región de Valparaíso y expuesto en la Comisión de la Mujer y Equidad de Género del Senado, señalamos lo siguiente: Desde que se tomó conocimiento de este lamentable hecho, la Dirección Regional del SernamEG Valparaíso activó los protocolos internos para recabar antecedentes y esclarecer las circunstancias del caso, en coordinación con instituciones como el Ministerio Público, Carabineros y la PDI", partieron señalando. "De acuerdo con la información proporcionada por la Subcomisión de Coordinación Intersectorial de Femicidios, los antecedentes disponibles no permiten, hasta ahora, establecer que se trate de un hecho de violencia por razones de género, ámbito en el cual corresponde al Servicio evaluar y coordinar eventuales acciones judiciales como la presentación de una querella por el delito de femicidio".
SernamegAgregaron que "de acuerdo con la información proporcionada por la Subcomisión de Coordinación Intersectorial de Femicidios, los antecedentes disponibles no permiten, hasta ahora, establecer que se trate de un hecho de violencia por razones de género, ámbito en el cual corresponde al Servicio evaluar y coordinar eventuales acciones judiciales como la presentación de una querella por el delito de femicidio". "La causa, actualmente a cargo de la Fiscalía de Valparaíso, tiene carácter reservada. Por ello, el acceso a los antecedentes de la investigación está limitado únicamente a quienes tienen la calidad de intervinientes", subrayaron.
Con todo, precisan que el Servicio tomó contacto con la familia de la víctima el 26 y 30 de marzo para brindarles orientación y apoyo,gestionando las coordinaciones necesarias para que accedan a atención psicológica a través del Programa de Atención a Víctimas (PAV) de la Subsecretaría de Prevención del Delito, además de informarles sobre los aspectos legales del proceso. ¿Cuándo se configura el delito de femicidio? Consultados por Emol, algunos expertos plantean que se trata de un tema que no tiene una discusión simple, considerando además que su investigación por parte del Ministerio Público es incipiente, otros, en tanto, con los antecedentes que se conocen hasta ahora, sostienen que no se configuraría la figura de femicidio.
El Dr. Javier Castro Jofré, profesor Facultad de Derecho Universidad Autónoma, comenta a Emol que "la respuesta no es tan sencilla y con mayor razón, cuando se trata de un caso que recién comienza a ser investigado por el Ministerio Público. En principio matar a otra persona, por regla general constituye homicidio, sea la víctima hombre o mujer".
"Para que exista femicidio, deben concurrir requisitos específicos que se encuentran regulados en el Código Penal y que pueden dividirse en dos carriles: el primero, que la mujer haya sido cónyuge, conviviente o, simplemente haber tenido un hijo común con el victimario. Pero también se considera femicida al hombre que mata a una mujer en el contexto de una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia (por ejemplo: 'pololos')". Agrega que "el segundo carril, el más complejo, consiste en considerar femicida al hombre que mata a una mujer en razón de su género y el Código Penal señala las circunstancias que permiten considerar cuándo existe razón de género: negarse la mujer a establecer una relación sentimental o sexual; ejercer la mujer la prostitución u otro oficio sexual; haberse cometido contra la mujer violencia sexual previa; que el motivo de ataque se encuentre en la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima; por último, existencia de una situación que manifiesta subordinación por relación desigual de poder o la actuación motivada por evidente intención de discriminación", cerró.
Por su parte, Diego Izquierdo, abogado e investigador del Instituto Libertad, planteó que "con los antecedentes disponibles, en mi opinión, no pareciera que se deba calificar jurídicamente el hecho como femicidio. En este caso, según la información de fuentes abiertas, no pareciera ser que el móvil de la acción homicida es en razón o con desprecio del género de la víctima. Si hubiera antecedentes de ello, sí podría calificarse como femicidio", enfatizó.
De todos modos, el experto agrega que en la investigación debe indagarse "sobre el contenido verbal de la discusión y los insultos, se debiera investigar su hay insultos y vejámenes del agresor motivados por el género de la víctima, pero incluso en ese caso, puede no ser suficiente para darle la calificación femicida. Es la acción homicida en concreto la que debe estar motivada por las causales que establece la ley, no basta con insultar de forma sexista". "De los antecedentes, como primera hipótesis, pareciera ser que el delito sería el de homicidio simple.
Luego habría que verificar si se configura la causal de homicidio calificado de haber obrado con ensañamiento, aumentó deliberadamente el dolor de la víctima. Con todo, si fuera homicidio simple, también habría que ver la concurrencia de circunstancias agravantes y, de todas maneras, si se determinara el delito y la participación responsable, la reacción del sistema penal debiera ser con una alta penalidad", subrayó.
¿Te pareció importante esta noticia?
Compártela y mantén informado a Chile