Cámara Baja aprobó proyecto del Gobierno para contener precio de la parafina
En una sesión especial este martes, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto del Gobierno que adopta medidas transitorias para contener el precio del kerosene (parafina), despachándolo al Senado. La propuesta, que ingresó al Congreso con discusión inmediata, generó un intenso debate en torno a su efectividad para hacer frente a la subida de los combustibles, pero de todos modos recibió 109 votos a favor, tres en contra y 37 abstenciones. La iniciativa busca autorizar un aumento temporal de 60 millones de dólares al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP), con el fin de contener el alza de la parafina en el contexto de la modificación al Mepco.
Adicionalmente, el texto modifica la fórmula de cálculo de la ley 19. 030, que creó el FEPP, para que el precio del kerosene doméstico se mantenga en un nivel similar al de febrero, antes de que el Ejecutivo alterase la herramienta de estabilización. De esta manera, según los fundamentos del Gobierno, beneficiará a hogares de menores ingresos que utilizan parafina para la calefacción durante los meses de otoño e invierno.
El proyecto también contempla la entrega por seis meses de un bono de 100 mil pesos mensuales a los propietarios de taxis y colectivos, y a partir de la solicitud de diputados oficialistas en la Comisión de Hacienda, el Ejecutivo además ingresó una indicación para que los transportistas escolares igualmente reciban el beneficio. Tal monto solo podrá usarse para la compra de combustibles, y podrá ser transferido por el propietario al conductor del vehículo. No obstante, la iniciativa estipula suspender su pago si el precio promedio mensual del petróleo Brent baja de los 80 dólares.
Resistencia ante deducciones al impuesto específico Por otro lado, la norma referida a los cambios al impuesto específico no contó con el apoyo de una parte de los legisladores, recibiendo 92 votos a favor, 51 en contra y seis abstenciones. Este apartado establece diferentes porcentajes de deducción, de acuerdo con el monto de los ingresos anuales que tienen los contribuyentes, según el siguiente desglose: Un 80% del impuesto específico para contribuyentes con ingresos anuales iguales o inferiores a 2. 400 UF (más de 95 millones de pesos) Un 70% para contribuyentes con ingresos anuales superiores a 2.
400 y que no excedan las 6 mil UF (más de 239 millones de pesos) Un 52,5% a contribuyentes de ingresos anuales entre 6 mil y 20 mil UF (casi 797 millones de pesos) Un 31% del impuesto para contribuyentes con ingresos anuales superiores a 20 mil UF Por otro lado, el Gobierno no tuvo éxito al intentar ingresar en Sala una indicación para excluir a las pymes de la aplicación de este artículo. Al no contar con la unanimidad requerida, el Ejecutivo anunció que repondrá la materia en el siguiente trámite en el Senado, que comenzará mañana miércoles.
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