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Búsqueda de Apablaza: Qué dice el fallo de la jueza Servini y qué se espera de concretarse la extradición
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14:00 · Chile

Búsqueda de Apablaza: Qué dice el fallo de la jueza Servini y qué se espera de concretarse la extradición

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Fue el 31 de marzo que la jueza del Juzgado Criminal y Correccional Federal 11, María Servini, emitió la orden de detención para el exfrentista Galvarino Apablaza, con el objetivo de extraditarlo a Chile, donde se le sindica como autor intelectual del asesinato del exsenador Jaime Guzmán en 1991, y el secuestro de Cristián Edwards. La operación, como se conoció este 1 de abril en circunstancias que el oficialismo conmemoraba los 35 años de la muerte de Guzmán, resultó frustrada, en tanto Apabalza no fue hallado en el domicilio que había registrado a la justicia argentina. El gobierno de Chile calificó la situación de "lamentable" y tildó al exfrentista como "prófugo de la justicia".

En ese contexto, el ministerio de Seguridad de Argentina ofreció una recompensa de $20. 000. 000 pesos argentinos (cerca de 13.

200. 000 pesos chilenos), para quienes entreguen información que permita ubicar y detener a Apablaza. Fallo de Servini En el fallo, al que tuvo acceso El Mercurio, la magistrada hace un orden cronológico sobre la trama de Apablaza.

Comienza recordando que la Corte Suprema del vecino país, "con fecha 14 de septiembre de 2010, declaró procedente la solicitud de extradición del ciudadano Galvarino Sergio Apablaza Guerra, a raíz de la solicitud formal cursada por la República de Chile, con fecha 13 de enero de 2005", en el marco de investigaciones penales por el homicidio del senador Jaime Guzmán y el secuestro extorsivo de Christian Edwards del Río. No obstante, acota que el Poder Ejecutivo Nacional, con la Resolución N° 387 de la Comisión Nacional para los Refugiados (Conare), "procedió a reconocer al requerido la condición de refugiado, con fecha 30 de septiembre de 2010, circunstancia que determinó que se disponga el archivo de las actuaciones". Así, sostiene que en 2018, la misma Conare resolvió revocar la condición de refugiado a Apablaza, lo que fue "objeto de impugnación por parte de la defensa de Apablaza Guerra ante la jurisdicción contencioso administrativa federal, promoviendo la revisión judicial de su legalidad".

Es así Servini llega hasta este año, dando cuenta de la decisión que el 10 de febrero de 2026 adoptó la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Esta, señala, "confirmó la resolución que había rechazado la pretensión del requerido, así como el planteo de inconstitucionalidad deducido respecto del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 942/2024 —dictado el 21 de octubre de 2024—, mediante el cual se dispuso que los recursos extraordinarios federales y las quejas en la materia tendrían efecto devolutivo, manteniéndose la ejecutoriedad de la decisión administrativa". De tal manera, indica que "la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, concedió definitivamente la extradición del prenombrado hacia la República de Chile, conforme lo estipulado en el art.

36 de la citada norma". Pero junto con ello, Servini cuenta que el martes 31 de marzo, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad de la Nación informó al juzgado que conforma, "que la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, mediante resolución del 31 de marzo de 2026, denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por la Defensoría Pública Coadyuvante de la Comisión para la Asistencia Integral y Protección de Refugiado y Peticionante de Refugio de la Defensoría General de la Nación". Todo lo anterior sirve a Servini para fundamentar la orden de captura de Apablaza, señalando que "ante la decisión adoptada por el Poder Ejecutivo Nacional, resulta inminente su entrega a las autoridades policiales de Interpol Chile, con el objeto de materializarse su traslado hacia la República de Chile, todo ello, en procura de cumplir con todas las formalidades y requisitos que estipula la norma y los tratados vigentes".

Qué se espera La causa de Apablaza en Chile, que tramita la ministra de la Corte de Santiago, Paola Plaza, acumula una serie de antecedentes que apuntan a la participación del exguerrillero en el crimen contra Guzmán y el secuestro de Edwards. Uno de ellos es el testimonio del exmiembro del FPMR, Ricardo Palma Salamanca, quien fue condenado como autor material del homicidio a Guzmán y por el secuestro a Edwards, en 1994, fugándose dos años después (1996) de la Cárcel de Alta Seguridad (CAS) por medio de un helicóptero. La declaración de Palma Salamanca da cuenta de participantes y de la estructura del FPMR.

Así las cosas, de ser extraditado, a Apablaza le espera el inicio de un proceso judicial para determinar su responsabilidad penal.

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